Asunto: INSISTENCIA EN QUE SE TRAMITE LA SOLICITUD DE NULIDAD...FW: AMPLIACIONES SOLICITADAS RE: Solicitud información complementaria Radicado - SECRETARIA DE SALUD - Sistema Distrital de Quejas y Soluciones - (1040822015)
------------------------
De: german gustavo rodriguez valencia <consolidelautopia@gmail.com>
Fecha: 4 de noviembre de 2015, 13:31
Para: "sdqspruebas@alcaldiabogota.gov.co" <sdqspruebas@alcaldiabogota.gov.co>
SECRETARIO DISTRITAL DE SALUD
1.DESPACHO DEL SECRETARIO
CIUDAD
CONSORCIO SOLIDARIO PARA EL DESARROLLO DE COMUNIDADES 'CONSOLIDE' S.A. |
ASUNTO: PETICIÓN, ANTE LA INTERRUPCIÓN PRESENTADA POR EL EMPALME, DE CONTINUAR CON EL TRÁMITE DE LA APELA CIÓN INTERPUESTA CONTRA EL 1er OFICIO DE LA REFERENCIA, PRODUCIDO DE MODO INCONGRUENTE POR SU ANTECESOR NEGANDO DE PLANO SU TRÁMITE, CON EL CONCURSO DE LA OFICINA JURÍDICA, CONTRADICIENDO PRECISAMENTE LAS MIS MAS NORMAS QUE DICE ESTAR ACATANDO, SÓLO POR QUE SE TRATA DEL CENTRO HOSPITALARIO SAN JUAN DE DIOS. |
GERMÁN GUSTAVO RODRÍGUEZ VALENCIA, GERENTE-INVESTIGADOR SOCIAL Y ENSAYISTA |
Bogotá, D. C., marzo 12 de 2012
Doctor
ALFONSO JARAMILLO
SECRETARIO DE SALUD DISTRITAL
E. S. D.
REFERENCIA:
RAD.: Nos: 1-2011-44143 de 11-10-2211; 142265 DE 11-10-2011 y 133193 DE 04-10-2011
Respetado Doctor Jaramillo: Reciba Usted un cordial saludo.
Actuando en mi condición de Peticionario de la Reapertura del Centro Hospitalario 'San Juan de Dios' presentada a su antecesor en esa Secretaría de Salud del Distrito Capital con apoyo en la Coadyuvancia que presenté y que fue admitida por la Juez 41 de lo Contencioso Administrativo del Distrito dentro del expediente que contiene el proceso de Acción de Cumplimiento que busca rescatar el Centro Hospital y volverlo a poner en funcionamiento; permítame empezar por felicitarle por la entereza y el decidido empeño demostrados para rescatar dicho Centro Hospital de las garras de la ilegal liquidadora del mismo, que ha venido poniendo oídos sordos a las mismas orientaciones de los entes de control y desconociendo las precisas orientaciones de los jueces de la república.
En relación con el recurso de APELACIÓN pendiente de trámite, señalado en el Asunto, me permito someterla de nuevo a su altamente ilustrada y desapercibida consideración, Doctor Jaramillo, con soporte en los siguientes,
FUNDAMENTOS:
Su antecesor, por conducto del Jefe de la Oficina Jurídica adscrita a ese mismo despacho, decide rechazar de plano el recurso interpuesto, soportando en forma increíble su proceder contradictorio, precisamente en las mismas normas que dice estar acatando y que incluso transcribe o hace transcribir a la funcionaria, entiendo que igualmente abogada, que preparó el Oficio recurrido.
Por lo que en argumentación ad hominem, transcribo y remito al Doctor Alfonso Jaramillo a que personalmente lea y pondere, por ejemplo, del Artículo 3º del Acuerdo 20 de 1990, los literales que van de la a, a la v, como:
Identificar el estado de salud- enfermedad…/… efectuando su seguimiento y evaluación con la participación comunitaria, como lo establece la Ley 10de 1990,
Adoptar y aplicar las normas y programas señalados por le Ministerio de Salud…
Proponer los planes y programas y proyectos que deben incluirse…
Adoptar y adaptar las normas técnicas dictadas por el Ministerio de Salud para la construcción de obras civiles… de las diferentes instituciones…
Los funcionarios asesores de su antecesor en la Oficina Jurídica que han venido atendiendo hasta ahora el trámite de la Petición señalada en el Asunto, han estado desacertados, por decir lo menos, al negar el Petitum sin darse un espacio para someter a un análisis sereno, objetivo e imparcial de los planteamientos de orden jurídico e histórico con que se lo sustentan.
Apreciamos que algo incide en ellos, el craso yerro de procedimiento en que se incurrió al crearse la EPS SALUD CAPITAL con participación de organizaciones privadas, contradiciendo la opinión general con sopesadas razones para no hacerlo; y, cuya irresponsabilidad y priorización de sus mezquinos intereses pecuniarios por sobre la Atención misma en Salud de sus Usuarios y en el manejo del todo irresponsable y hasta delictivo de la Administración misma de los Recursos destinados a la Salud, con alguna que otra excepción, han quedado consignados en ilustrativos informes.
Por lo que insistimos en la Petición de que se considere hacer una EPS SOLIDARIA con Empresas de Utilidad Pública e Interés General como CONSOLIDE S.A. en ALIANZA ESTRATÉGICA con las Entidades Públicas del Sector Salud, como el mismo Centro Hospital San Juan de Dios, para lo cual hemos presentado la respectiva propuesta debidamente fundamentada y de la cual ha hecho eco el mismo Juzgado 41 Administrativo que conduce la Acción de Cumplimiento.
En la espera de que en esta oportunidad será atendido el Petitum en debida forma y se nos dará la oportunidad de sustentarlo ante su digno despacho, Doctor Jaramillo y los respectivos funcionarios que tienen a su cargo estos asuntos, le saluda muy cordialmente,
GERMAN GUSTAVO RODRIGUEZ VALENCIA,
C.C.:17'161.524 DE Bogotá
M E M O R A N D O
A: Doctor JOSÉ BERNAL CONDE, Secretario de Salud del Distrito Capital
C.C.: -Doctora CLARA E. LÓPEZ OBREGÓN, Alcaldesa Designada de Bogotá
Señores, PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y DEL DISTRITO CAPITAL
-Doctor, Mario Esteban Hernández, Profesor Facultad de Medicina, Universidad Nacional, Bogotá
-Alumnos Fac. de Medicina,Universidad Nal en Defensa del Hospital Universitario S JUAN DE DIOS
- ANIR, ANTHOC, ASCOFAME, ASMEDAS, CONSULTORIO JURÍDICO UNIV. DEL ROSARIO
DE: GERMÁN G. RODRÍGUEZ VALENCIA, Gerente Empresa Solidaria Moderna CONSOLIDE S. A.
REF:
OFICIO con Radicado N. 133193 de 04/10/2011 en el que de modo desafortunado y abiertamente ilegal la Subdirección de Gestión Judicial persiste preterintencionalmente en ELUDIR ex profeso LA PETICIÓN FORMULADA A ESA SECRETARIA EN EL PETITORIO RADICADO N. 119040 del 15/09/2011 Y SU ADICIÓN DE TENER EN CUENTA PARA CUMPLIR Y HACER CUMPLIR A OTROS ENTES NORMAS LEGALES VIGENTES EN EL CAMPO DE LA ALIMENTACIÓN, LA NUTRICIÓN, LA SALUD Y LA EDUCACIÓN EN SALUD PÚBLICA; lo que es abiertamente violatorio de la constitución y la ley; al resolver también el recurso de reposición, ignorando totalmente la Adición formulada oportunamente al petitorio inicial; y, aplicando sofismas de distracción en la respuesta inicial recurrida en reposición; y, ahora, decide ir aún más allá por su errado camino incursionando en las tan conocidas VÍAS DE HECHO, trayendo en forma IRRESPETUOSA, totalmente inapropiada y, –diríase- 'por los cabellos' para llenar con ellos los dos (2) folios del oficio en mención, una extensa cita jurisprudencial de la H. corte Constitucional sobre el tratamiento de supuesta "consulta" que decidió darle en esta ocasión a la explícita Petición de Cumplir un deber legal que se le ha presentado a su digno despacho de Secretario Distrital de Salud Pública de Bogotá. Por lo que se hace necesario deprecarle subsanar o corregir tamaños dislates de su Subdirectora de Gestión Judicial accediendo a conceder lo que a continuación se pide en el asunto,
ASUNTO: SOLICITUD DE ANULACIÓN DE TODO LO ACTUADO Y/O, EN SU DEFECTO, SE INTERPONE
RECURSO DE APELACIÓN
FECHA: Octubre 11 de 2011
FUNDAMENTOS:
Proceder la Subdirectora de Gestión Judicial en la forma que en detalle se lo ha señalado en la referencia del presente Memorial que tipifican las conocidas Vías de Hecho.
Por lo que se hace absolutamente necesario subsanar tamaños yerros en que se ha incurrido en el trámite de la Petición, tanto al resolver inicialmente la solicitud, como al resolver -en forma totalmente elusioria también- el recurso de reposición según se puede apreciar en el oficio con radicación N.133193 de la referencia que constituye prueba plena documental de tales ilicitudes
Ex profeso omite la mencionada funcionaria que con el Petitorio se le anexa el Memorial Presentado al Juzgado 41 de lo Contencioso – Administrativo del Distrito Capital, dentro del Expediente con Radicación N. 2009- 43 que contiene la ACCIÓN POPULAR N. 43 en el que uno de los Accionados es precisamente la Secretaria Distrital de Salud a su muy digno cargo!
Que entre los Accionados en dicho Proceso lo es igualmente, no sólo la BENEFICENCIA, sino la Nación a través del MINISTERIO DE PROTECCIÓN – hoy, otra vez, de SALUD PÚBLICA, la FACULTAD DE MEDICINA DE LAUNIVERSIDAD NACIONAL y la Gobernación de CUNDINAMARCA
Que fue el Juzgado mismo, SEGÚN CONSTA EN AUTOS, quien ex ante y ex profeso puso en conocimiento el Petitum a la Beneficencia y demás accionados, al aprobar y autorizar la Coadyuvancia y la AUDIENCIA deprecadas por el suscrito y las sustantivas pruebas con que soporto el Petitum. Los cuales se encuentran suficientemente notificados y enterados del asunto sub lite en el Petitorio en mención.
Lo que a sabiendas pretende desconocer la ilustre funcionaria Subdirectora de Gestión Judicial de la Secretaría de Salud a su digno cargo; como es de pleno conocimiento de la Subdirectora, al parecer, toda una especialista en la materia en derecho administrativo.
En forma contumaz, la funcionaria cuestionada está a punto de hacerlo incurrir a Usted también en prevaricato por acción y por omisión, doctor Bernal Conde.
Y, sólo para eludir a como dé lugar, una acción que es hoy ya absolutamente necesario adelantar por administración directa y con la participación de empresas de economía solidaria moderna como la nuestra, al tenor de numerosas normas constitucionales y legales hoy omitidas; y, en la forma que se lo plantea por el suscrito accionante para la preparación del ACUERDO MAGNO a la Jueza 41 del Juzgado de lo Contencioso – Administrativo y que he trasladado a su digno despacho, ante la creación de la EPS SALUD CAPITAL que tendría a su disposición todos los recursos necesario para proceder proactivamente en tal sentido, directamente, y convocando a los demás actores.
Considero un imposible jurídico, persistir en tamaños dislates implementados por la ilustre funcionaria cuestionada en la Secretaría a su digno cargo, ante los pronunciamientos que hacen diversos sectores de la sociedad ante el absurdo planteado en los editoriales mismos de la gran prensa nacional como el de EL TIEMPO sobre la decisión de las FATALES EPS PRIVADAS de cerrar las Secciones de PEDIATRIA por que no les son rentables! O, cancelar el Semestre a los Estudiantes de la Facultad de Medicina de la UNIVERSIDAD NACIONAL por que no cuentan con un Centro Hopitaliario - Universitario como lo es el SAN JUAN DE DIOS para adelantar sus necesarias prácticas de medicina en todas las especialidades!
Es totalmente incongruente y un contrasentido que los agentes del neoliberalismo en los despachos de la Administración Pública en entes territoriales como el Distrito Capital, como la Subdirectora de Gestión de Acciones Judiciales, practiquen de modo tan procaz el ANTI-DERECHO, incurran en VIAS DE HECHO, se burlen del INTERÉS GENERAL Y DEL SUMO BIEN COMÚN PÚBLICO que deben primar en el trámite de tan esenciales asuntos públicos para el Bien de la Comunidad del Distrito Capital sin el menor control de sus superiores. Y, sólo para prohijar intereses obscuros que agencian los que quieren privatizar y regalarles a las EPS privadas las más preciadas Instituciones Públicas en el Campo de la Salud Pública, como lo es el CENTRO HOSPITALARIO Y UNIVERSITARIO DE SALUD PUBLICA SAN JUAN DE DIOS.
Ruego, al doctor Bernal Conde, también tener en cuenta que ese no es el interés de la Doctora CLARA LÓPEZ, Alcalde Designada del DISTRITO CAPITAL, quien ha dicho que en su administración la Constitución Política de 1991 y los Derechos Fundamentales que consagra no serán un simple papel escrito.
Igualmente depreco tener en cuenta las Conclusiones a que se llegó en el Foro de Salud titulado: AL RESCATE DE LA SALUD PÚBLICA en el que la Secretaria a su digno cargo tuvo un papel protagónico. Por lo que debería iniciarse con el liderazgo de la Secretaría de Salud, del MinSalud, del ICBF el proceso de integrar el SISTEMA NACIONAL DE BIENESTAR con el concurso de los demás entes que tienen responsabilidad asignadas en la legislación señalada y en especial en la Ley 75 de 1968, sólo que ignoradas para prohijar interese privados ilegítimos.
Finalmente, insisto en la vigencia de las leyes señaladas en el Petitum al Juzgado 41 de lo Contencioso-Administrativo del Distrito Capital, en el campo de la Alimentación, de la Nutrición, de la Salud Pública y que hoy están como letra muerta contempladas en el mismo Capitulo III de la Ley 75 de 1968
Es urgente, depreco reiterativamente, la convocatoria del COMITÉ NACIONAL TÉCNICO DE ALIMENTACIÓN, NUTRICIÓN Y SALUD PÚBLICA, como Instrumento idóneo para sacar del marasmo en que se encuentran dichas políticas públicas en Bogotá y en Colombia en general
Insisto en la solicitud negada de facto de Audiencia, al menos con los técnicos en Salud Pública, de la Secretaria a su digno cargo para concertar la política pública en la materia, teniendo en cuenta los presupuestos planteados en el Petitorio inicial y en la Adición totalmente ignorados por ese despacho
Como petición alternativa depreco se tenga en cuenta a CONSOLIDE S.A. para celebrar con ella una FIDUCIA no onerosa que administre los inmuebles como el Centro Hospitalario San Juan de Dios y con las organizaciones sociales coparticipe en FORMA MODERNA Y SOLIDARIA en la gestión de tan importantes Políticas en balde señaladas en los memoriales presentados y sus importantes anexos; con los cuales pido conformar un Expediente Administrativo, del cual solicito copia auténtica, a mis costas por supuesto. Respetuosa y sinceramente,
GERMAN GUSTAVO RODRIGUEZ VALENCIA
C.C.:17'161.524 de Bogotá, Gerente CONSOLIDE S.A.
Bogotá, D. C.,
Doctor
GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO
Alcalde Mayor de Bogotá
Doctora
LIDA ASTRID ARIZA LÓPEZ
Jefe Oficina Jurídica
Secretaría de Desarrollo Económico
Doctora
AURA CATALINA MATRÍNEZ CRUZ
Subdirectora Distrital de Doctrina y Asunto Normativos
Secretaría General del Distrito Capital
REFERENCIA: Solicitud de Seguimiento especial a los siguientes Radicados:
1.) 2-2014-1746 2.) 2-2013- 56230 3.) 2-2013- 55635 4.) 20134360351341
JUSTIFICACIÓN:
Encontrarse archivados sin la respuesta pertinente prevista
En todos ellos se encuentran pendientes de trámite uno o más asuntos señalados en los numerales que integran el respectivo Petitum lo cual hace nugatorio el esfuerzo hecho por el suscrito peticionario y la misma Subdirección de Doctrina y Asuntos Normativos para poner en el preciso contexto legal lo que se pide teniendo como marco la Economía Solidaria Moderna
Se omite que hay iniciativas en curso que apoya la Universidad Nacional
Igual que la cascada de innovaciones tienen como respaldo también la Ley de Ciencia y Tecnología
En visitas y reuniones tanto en Secretaría de Gobierno como en la de Desarrollo Económico son coincidentes los funcionarios en solicitar copia del petitorio inicial que anexo de nuevo.
Aún se espera oficio en tal sentido de la Secretaría de Desarrollo Económico cuyos funcionarios consideran - desafortunadamente - que el impulso a la economía social equivale a lo solicitado en el Petitum de Consolide S. A
Hay Silencio Administrativo Positivo en varios sustantivos temas:
Concertación Económica del Distrito Capital con Comunidades en Economía Solidaria Moderna para los temas que se enlistan,
Transporte Masivo (fluvial, marítimo, aéreo) con thermoplanos rusos
Rescate de las Políticas Públicas de Alimentación, Nutrición y Salud Pública y rescate del HCU San Juan de Dios, previa entrega en Fiducia Civil (no onerosa) a Consolide s.a.
iv) Audiencia con el Sr. Alcalde para enterarlo de las iniciativas hasta ahora torpedeadas en su libre curso legal por los mandos medios de las Secretarías por las que han transitado
Conformación de Comisión de Impulso del Proyecto de Transporte Masivo
Estudio comparativo sistemas de Transporte :
Metro Subterráneo Vs. Transporte Masivo con Motonaves tipo Zeppelines de última generación con fundamento en el
Estudio Económico presentado por Consolide s.a.
Atentamente,
GERMÁN GUSTAVO RODRIGUEZ VALENCIA
Gerente CONSOLIDE S.A.
4. Memorial
Bogotá, D. C.,
Señores
CO-DEMANDANTES
ACCIÓN POPULAR CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA Nº043
EN FAVOR DE LA REAPEERTURA DEL H. U. SAN JUAN DE DIOS ANTE EL
JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº041 DE BOGOTÁ
L C
Apreciados Señores: Cordial saludo.
Atentamente me permito aportar con intenciones de ofrecer una alternativa de solución integral de los graves problemas que afronta la Comunidad en sus diversos sectores por Ustedes representada, para lograr la reapertura de la importante Institución Hospitalaria y de otros emprendimientos con la participación en forma empresarial moderna, comunitaria y solidaria.
Con la aquiescencia de lo
[Mensaje recortado]
----------
De: Mail Delivery Subsystem <mailer-daemon@googlemail.com>
Fecha: 4 de noviembre de 2015, 13:31
Para: consolidelautopia@gmail.com
Delivery to the following recipient failed permanently:
sdqspruebas@alcaldiabogota.gov.co
Technical details of permanent failure:
Google tried to deliver your message, but it was rejected by the server for the recipient domain alcaldiabogota.gov.co by aspmx.l.google.com. [2607:f8b0:400d:c06::1b].
The error that the other server returned was:
550-5.1.1 The email account that you tried to reach does not exist. Please try
550-5.1.1 double-checking the recipient's email address for typos or
550-5.1.1 unnecessary spaces. Learn more at
550 5.1.1 https://support.google.com/mail/answer/6596 z85si1787591qka.78 - gsmtp
----- Original message -----
DKIM-Signature: v=1; a=rsa-sha256; c=relaxed/relaxed;
d=gmail.com; s=20120113;
h=message-id:content-type:from:to:subject:date:importance:in-reply-to
:references:mime-version;
bh=e8+SQNdAzHOCIcay3MXuMsdaXiecSDKyIe/PiVMsxCY=;
b=RBML4mK3iiH663Tia/BM43tjwzkdpJbU+gxJNzNCN9S61T5h6ag1s0x4WjpCyDAffz
5uRW3AFRw9rAKQPYZwOuQPPPY18/VyEUdcpc6cJoyYk1IcnTF1iaT4cxrs78vyotTD8t
QigTREl37SDMGDv6IAt6tyzVGPvY1rsmcCi1twNvtqJTOABujsJ8MCOpROlRXoxJDaP2
jD1P0g+nCvQlWIS209932yRCV2dpJefjpGk+Sjk8UpQB1UtuxRW5i6WA6GLxYcn/gf8h
+uu1Dbw/zx84b6nAN60smvEulabWV/HSHktTU34dCF+OaFqM9kWMhQPnZfChNJn19z9Z
7AaA==
X-Received: by 10.140.17.8 with SMTP id 8mr3387326qgc.80.1446665495718;
Wed, 04 Nov 2015 11:31:35 -0800 (PST)
Return-Path: <consolidelautopia@gmail.com>
Received: from mail.hotmail.com (blu004-wss1s5.hotmail.com. [134.170.2.220])
by smtp.gmail.com with ESMTPSA id w201sm710082qka.5.2015.11.04.11.31.32
for <sdqspruebas@alcaldiabogota.gov.co>
(version=TLSv1 cipher=ECDHE-RSA-AES128-SHA bits=128/128);
Wed, 04 Nov 2015 11:31:32 -0800 (PST)
Received: from BLU185-W93 ([134.170.2.215]) by BLU004-WSS1S5.hotmail.com over TLS secured channel with Microsoft SMTPSVC(7.5.7601.23008);
Wed, 4 Nov 2015 11:31:31 -0800
X-TMN: [wbXLO3yxNsUu2TCZfksPu4Iivc0xm/ao]
Message-ID: <BLU185-W937B2587B5F9E64E9BCA2DA72A0@phx.gbl>
Return-Path: consolidelautopia@gmail.com
Content-Type: multipart/alternative;
boundary="_cb486118-1fed-4630-bb7b-b021791c4433_"
From: german gustavo rodriguez valencia <consolidelautopia@gmail.com>
To: "sdqspruebas@alcaldiabogota.gov.co" <sdqspruebas@alcaldiabogota.gov.co>
Subject: =?Windows-1252?Q?INSISTENCI?= =?Windows-1252?Q?A_EN_QUE_S?=
=?Windows-1252?Q?E_TRAMITE_?= =?Windows-1252?Q?LA_SOLICIT?=
=?Windows-1252?Q?UD_DE_NULI?= =?Windows-1252?Q?DAD...FW:_?=
=?Windows-1252?Q?AMPLIACION?= =?Windows-1252?Q?ES_SOLICIT?=
=?Windows-1252?Q?ADAS___RE:?= =?Windows-1252?Q?_Solicitud?=
=?Windows-1252?Q?_informaci?= =?Windows-1252?Q?=F3n_complem?=
=?Windows-1252?Q?entaria_Ra?= =?Windows-1252?Q?dicado___-?=
=?Windows-1252?Q?_SECRETARI?= =?Windows-1252?Q?A_DE_SALUD?=
=?Windows-1252?Q?_-_Sistema?= =?Windows-1252?Q?_Distrital?=
=?Windows-1252?Q?_de_Quejas?= =?Windows-1252?Q?_y_Solucio?=
=?Windows-1252?Q?nes_-_(104?= =?Windows-1252?Q?0822015)?=
Date: Wed, 4 Nov 2015 14:31:30 -0500
Importance: Normal
In-Reply-To: <BLU185-W19DCFD5A26A4E2773A53DAA78A0@phx.gbl>
References: <1612701725.2085.1437684125982.JavaMail.jboss@yuuichi.alcaldiabogota.gov.co>,<BLU185-W226EBC0708A56CF11894DDA78A0@phx.gbl>,<BLU185-W19DCFD5A26A4E2773A53DAA78A0@phx.gbl>
MIME-Version: 1.0
X-OriginalArrivalTime: 04 Nov 2015 19:31:31.0230 (UTC) FILETIME=[686143E0:01D11737]
DOCTORMAURICIO ALBERTO BUSTAMANTE GARCIA
SECRETARIO DISTRITAL DE SALUD
1.DESPACHO DEL SECRETARIO
CIUDAD Respetado Dr. Bustamante García: Cordial saludo Con toda atención insisto de nuevo en que se le dé tramite a la NULIDAD deprecada con fundamento en la presentación oportuna de la ampliación solicitada por su digno despacho.
Recuerdo que Pretendí darle alcance en forma adecuada a su gentil demanda de ampliar la información, copiando el texto mismo en archivo manético a renglón seguido de los principales memoriales presentados al respecto a sus antecesores en el cargo y que siempre las ignoraron y omitieron dar a conocer copias de la acuación que resuelve la petición a secretaría general: 1. Al Dr. Jaramillo su ilustre antecesor : CONSORCIO SOLIDARIO PARA EL DESARROLLO DE COMUNIDADES 'CONSOLIDE' S.A.ASUNTO: PETICIÓN, ANTE LA INTERRUPCIÓN PRESENTADA POR EL EMPALME, DE CONTINUAR CON EL TRÁMITE DE LA APELA CIÓN INTERPUESTA CONTRA EL 1er OFICIO DE LA REFERENCIA, PRODUCIDO DE MODO INCONGRUENTE POR SU ANTECESOR NEGANDO DE PLANO SU TRÁMITE, CON EL CONCURSO DE LA OFICINA JURÍDICA, CONTRADICIENDO PRECISAMENTE LAS MIS MAS NORMAS QUE DICE ESTAR ACATANDO, SÓLO POR QUE SE TRATA DEL CENTRO HOSPITALARIO SAN JUAN DE DIOS. GERMÁN GUSTAVO RODRÍGUEZ VALENCIA, GERENTE-INVESTIGADOR SOCIAL Y ENSAYISTABogotá, D. C., marzo 12 de 2012
DoctorALFONSO JARAMILLOSECRETARIO DE SALUD DISTRITAL E. S. D.
REFERENCIA: RAD.: Nos: 1-2011-44143 de 11-10-2211; 142265 DE 11-10-2011 y 133193 DE 04-10-2011
Respetado Doctor Jaramillo: Reciba Usted un cordial saludo. Actuando en mi condición de Peticionario de la Reapertura del Centro Hospitalario 'San Juan de Dios' presentada a su antecesor en esa Secretaría de Salud del Distrito Capital con apoyo en la Coadyuvancia que presenté y que fue admitida por la Juez 41 de lo Contencioso Administrativo del Distrito dentro del expediente que contiene el proceso de Acción de Cumplimiento que busca rescatar
----- Message truncated -----
No hay comentarios.:
Publicar un comentario